Consejo CyL: Aprobado el reglamento regulador de la Renta Garantizada de Ciudadanía

cerestv 2010-12-15

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Valladolid, 16 diciembre (CERES TELEVISIÓN) El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha aprobado el decreto que regula la Renta Garantizada de Ciudadanía y que permite su puesta en marcha y aplicación inmediata. Se aprueba, así el reglamento que contempla las normas de procedimiento administrativo para el reconocimiento del derecho a percibir la Renta Garantizada, requisitos y devengo y seguimiento de la prestación. La Ley de la Renta Garantizada de Ciudadanía fue aprobada por las Cortes autonómicas el pasado mes de agosto. El establecimiento de una Renta Garantizada de Ciudadanía supone el reconocimiento de un nuevo derecho subjetivo que beneficia a las personas que se encuentran en situación de exclusión social. Entre otros aspectos, la Ley establece el carácter y finalidad de la Renta Garantizada de Ciudadanía, sus beneficiarios, requisitos para su percepción, cuantía, normas de procedimiento para su percepción, acciones para superar la situación de exclusión social, órganos competentes para la gestión de la Renta y mecanismos de seguimiento y control. La Ley define a la Renta Garantizada de Ciudadanía como una prestación social, de naturaleza económica y percepción periódica y la considera como "la última red de protección". La finalidad de la Renta es proporcionar los medios y apoyos necesarios para cubrir las necesidades básicas de subsistencia y promover la integración de las personas que se encuentran en situación de exclusión social que se extiende a la condición de ausencia o insuficiencia de recursos y medios económicos necesarios para el desarrollo de un proyecto de vida normalizado. La cuantía básica mensual de la prestación de la Renta Garantizada de Ciudadanía es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en cada ejercicio económico. A esta cuantía básica hay que añadir un complemento por cada miembro de la unidad familiar o de convivencia dependiente del titular de la prestación. Este complemento es del 25% de la cuantía básica por el primer miembro, 15% por el segundo y 10% por el tercero y siguientes, hasta un máximo del 130% del IPREM. © 2010 CERES TELEVISIÓN NOTICIAS [+info]: http://www.cerestv.info [e-mail]: [email protected] Peticiones: Teléf.902-885.666 • Fax: 902.885.869 

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